La construcción se hará directamente por el Ministerio de Obras Públicas o por el Consejo Administrativo de los Ferrocarriles Nacionales, sea por administración directa o por medio de contrato. También podrá emprenderse en la construcción en referencia mediante la constitución de una sociedad anónima por acciones que suscribirán la Nación y el Departamento o los Municipios interesados o los particulares.
Ley 211 de 1938 →Vigente
Artículo 1
Ley 211 de 1938 · por la cual se dispone la construcción de hoteles modernos en los puertos de Ipiales y Tumaco
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.