° Criterios de inversión. Para decidir acerca de las inversiones autorizadas en el artículo anterior, el Fondo tendrá en cuenta los siguientes criterios principales
Seguridad de las inversiones, adecuada distribución de riesgos, rendimiento de aquéllas en comparación con los egresos del Fondo particularmente de los derivados del interés que deba reconocer sobre cesantías, y necesidad de fortalecer sus finanzas progresivamente;
Conveniencia de las inversiones para el desarrollo económico del país y prelación de las mismas conforme al artículo siguiente y a la política económica del gobierno, y
Conveniencia de que los préstamos para vivienda en favor de los beneficiarios del Fondo se otorguen con tasas moderadas de interés y con debida consideración de la capacidad económica de los interesados, sin que por esto sufra detrimento la situación financiera de la institución.