Micelio

Artículo 4.1.9.0.5

Decreto 1730 de 1991 · por el cual se expide el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 4.1.9.0.5 .- DEL MANEJO DE LAS CONTRIBUCIONES. La Dirección General del Presupuesto y la Dirección General de Tesorería del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, manejarán las contribuciones para el sostenimiento de la Superintendencia Bancaria, que corresponde pagara las entidades vigiladas por ella, como cuenta presupuestal de manejo especial, denominada "Fondo de Contribuciones Superintendencia Bancaria ", cuya cuantía será igual a la apropiación presupuestal asignada para el efecto en el Presupuesto Nacional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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