Micelio

Artículo 1759

Del Presupuesto De La Actual Vigencia

Decreto 2057 de 1953 · Por el cual se hacen unas supresiones y se modifican unas asignaciones en el Ministerio de Comunicaciones

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo segundo. Fíjanse las siguientes asignaciones mensuales en el personal de las oficinas directas del Ministerio de Comunicaciones, a partir del primero de agosto próximo: Secretaria General: Mecanotaquígrafa, $ 400 00, mayor valor sueldo mensual $ 80.00 Ayudante del Oficial Mayor, $ 320.00, mayor valor sueldo mensual 80.00 Oficial de Ordenes, $ 250, mayor valor sueldo mensual 30.00 Departamento de Giros: Ayudante del Pagador de Giros Postales, $ 300.00, mayor valor sueldo mensual 50.00 Emisor de Giros Internacionales, $ 360, mayor valor sueldo mensual 50.00 Emisor de Giros Telegráficos, $ 310, mayor valor sueldo mensual 50.00 Emisor de Giros Oficiales, $ 280, mayor valor sueldo mensual 20.00 Departamento de Telecomunicaciones: Oficial de Multas, $ 300.00, mayor valor sueldo mensual 50.00 Oficial de Radicación y Archivo, $ 280, mayor valor sueldo mensual 30.00 Ayudante del Oficial de Multas, $ 260, mayor valor sueldo mensual 40.00 Oficial Primero de Cruce, $ 300.00, mayor valor sueldo mensual 20.00 Mecanógrafa, $ 260.00, mayor valor sueldo mensual 30.00 Proveeduría y Almacenes: Oficial Mayor, $ 450.00, mayor sueldo mensual 40.00 Departamento de Correos: Jefatura-Secretaría, $ 280.00, mayor sueldo mensual 50.00 Suman $ 620.00

Parágrafo

El gasto que demande el cumplimiento del artículo anterior, se imputará al Capítulo 106, artículo 1759 del Presupuesto de la actual vigencia. Comuníquese y cúmplase.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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