Micelio

Artículo 7

Ley 98 de 1888 · Por la cual se autoriza al Gobierno para reglamentar las loterías establecidas en la República y que en adelante se establezcan

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Señálase el sesenta y cuatro por ciento del valor de los billetes que componen cada sorteo, como el mínimum que podrá destinarse al pago de los billetes que resultaren premiados.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 98 de 1888