º PROHIBICIONES. No podrán ser nombrados como empleados del Departamento Administrativo de Seguridad
Los sordos, los mudos, los ciegos y quienes padezcan afección física o mental que comprometa la capacidad necesaria para el debido desempeño del empleo.
Quienes se encuentren en detención preventiva aun cuando gocen del beneficio de excarcelación y a quienes se les haya dictado resolución de acusación mientras se resuelva definitivamente su responsabilidad, y
Las personas sobre quienes exista la convicción de que no han observado una vida pública o privada compatible con la dignidad del cargo.