La Asesoría de que trata el artículo 16 de la Ley y que debe prestar la Sociedad Colombiana de Ingeniería Química, comprenderá los planes de desarrollo industrial que se relacionen con las actividades propias del ejercicio de la Ingeniería Química, consagradas en el artículo 1º de la Ley.
Decreto 371 de 1982 →Vigente
Artículo 33
Decreto 371 de 1982 · Por el cual se reglamenta la Ley 18 de 1976 sobre sobre el ejercicio de la profesión de Ingeniero Quimico
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.