Micelio

Artículo 89

Contra Las Providencias De Las Secciones De Recursos Tributarios Que Resuelvan El Recurso De Reclamación, Estén O No Sometidas Al Grado De Consulta, Procede El De Apelación Ante El Jefe De La División De Impuestos Nacionales, Excepto Cuando Se Hubiere Renunciado Expresamente A Él

Decreto 1715 de 1960 · Por el cual se reorganiza la división de impuestos nacionales y se determinan sus funciones

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Contra las providencias de las Secciones de Recursos Tributarios que resuelvan el recurso de reclamación, estén o no sometidas al grado de consulta, procede el de apelación ante el Jefe de la División de Impuestos Nacionales, excepto cuando se hubiere renunciado expresamente a él.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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