Micelio

Artículo 1

Corresponde Exclusivamente Al Presidente De La República, Como Responsable De La Preservación Del Orden Público En Toda La Nación, La Dirección De Los Procesos De Paz Que Se Adelanten De Conformidad Con Lo Previsto En El Artículo Transitorio 13 De La Constitución Política

Decreto 2198 de 1993 · por el cual se dictan medidas para facilitar la reinserción de grupos guerrilleros desmovilizados.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Corresponde exclusivamente al Presidente de la República, como responsable de la preservación del orden público en toda la Nación, la dirección de los procesos de paz que se adelanten de conformidad con lo previsto en el artículo transitorio 13 de la Constitución Política. Quienes a nombre del Gobierno participen en los diálogos y acuerdos de paz, lo harán de conformidad con las instrucciones que les imparta el Presidente de la República. El Presidente de la República podrá disponer la participación de representantes de diversos sectores de la sociedad civil en los diálogos a que hace referencia el inciso anterior, cuando a su juicio puedan colaborar en el desarrollo de un proceso de paz.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2198 de 1993