Garantías. La entidad fiduciaria debe solicitar la constitución de garantías que amparen el cumplimiento de cada uno de los riesgos y contratos derivados, en particular las garantías a que haya lugar de conformidad con lo establecido en la Sección 3, Capítulo 2, Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1082 de 2015. La persona jurídica remitirá copia de las pólizas constituidas a la entidad territorial.
Decreto 1821 de 2020 →Vigente
Artículo 1.2.7.2.5
Garantías
Decreto 1821 de 2020 · Por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sistema General de Regalías.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.