Micelio

Artículo 1

Ley 61 de 1890 · por la cual se conceden varias recompensas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo único. Concédese del Tesoro Público, por una sola vez, las siguientes recompensas:

Una de cinco mil pesos ($5.000) a la viuda e hijos del General Víctor Cardoso;

Una de tres mil quinientos pesos ($3.500) a la viuda e hijos menores del Coronel Miguel Rincón;

Una de tres mil quinientos pesos ($3.500) a la viuda e hijos menores del Coronel Ricardo Llano;

Una de tres mil quinientos pesos ($3.500) a la viuda e hijos menores del Coronel Rafael Moreno;

Una de dos mil pesos ($2.000) á la viuda e hija del Teniente Coronel Carlos Bermúdez; y

Una de trescientos pesos ($300) á Catalina Girón, viuda del soldado Joaquín Miranda.

La suma necesaria para el cumplimiento de esta Ley, se considera incluida en el Presupuesto de Gastos de la próxima vigencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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