Micelio

Artículo 2

Ley 28 de 1944 · Por la cual se establece una prohibición y se decreta la construcción de unas obras en Buenaventura y Barranquilla

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Nación construirá un muelle en el municipio de buenaventura, destinado a embarcaciones de trafico costanero fluvial.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 28 de 1944