El subsidio familiar sólo se reconocerá a los trabajadores oficiales y particulares, cuyo remuneración total mensual no exceda de dos mil pesos ($2.000.00) en ciudades de mas de 100.000 habitantes. En el resto del país se reconocerá a los trabajadores que devenguen, en total hasta un mil quinientos pesos ($1.500.00) mensuales. Si el trabajador desempeña sus funciones en otra ciudad de menos de 100.000 habitantes, pero su familia se encuentra domiciliada en una ciudad que tenga más de ese número, el subsidio se le reconocerá si su remuneración total no excede de $2.000.00 mensuales.
Para efectos de la determinación de estos límites, se computarán todos los ingresos mensuales que perciba el trabajador, de una o más personas naturales o jurídicas, por cualquier concepto que implique remuneración de su trabajo.