° Para que las empresas de que tratan los artículos anteriores, puedan gozar de los beneficios consagrados en el artículo 4° de la Ley 154 de 1938, deberán ser organizadas en forma de sociedades anónimas, y deberán presentar en la solicitud respectiva, fuera de los documentos de que trata el primer aparte del artículo 1°, sus estatutos y un proyecto de las ventajas y derechos especiales que están dispuestos a conceder al Gobierno, en el caso de que éste suscriba acciones en la empresa. El estudio de tales solicitudes corresponde al Departamento de Comercio e Industrias del Ministerio de la Economía Nacional, que en este caso extenderá sus investigaciones, fuera de los puntos enumerados en el artículo 1°, a un dictamen completo acerca de la conveniencia del proyecto para la economía nacional.
Artículo 6
Para Que Las Empresas De Que Tratan Los Artículos Anteriores, Puedan Gozar De Los Beneficios Consagrados En El Artículo 4° De La Ley 154 De 1938, Deberán Ser Organizadas En Forma De Sociedades Anónimas, Y Deberán Presentar En La Solicitud Respectiva, Fuera De Los Documentos De Que Trata El Primer Aparte Del Artículo 1°, Sus Estatutos Y Un Proyecto De Las Ventajas Y Derechos Especiales Que Están Dispuestos A Conceder Al Gobierno, En El Caso De Que Éste Suscriba Acciones En La Empresa
Decreto 1767 de 1939 · Por la cual se reglamentan los artículos 3º y 4º de la ley 154 de 1938, sobre pesca
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.