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Artículo 2

Con Base En El Recurso De Que Trata El Artículo Anterior, Ábranse Los Siguientes Créditos Adicionales Al Presupuestos De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1976: Presupuesto De Inversion Ministerio De Obras Públicas

Decreto 1533 de 1976 · Por el cual se hacen unos contracréditos y se abren unos créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1976 (Ministerio de Obras Públicas) por $ 14.430.000

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábranse los siguientes créditos adicionales al Presupuestos de Gastos para la vigencia fiscal de 1976: PRESUPUESTO DE INVERSION Ministerio de Obras Públicas. CAPITULO 290. Ministerio de Obras Públicas, Programa 686. Plan Vial Nacional. Subprograma 5. Conservación de carreteras nacionales. Inversión indirecta. Claves: Económica 584. - Funcional 264. Artículo 6882-A. Policía Vial $ 14.430.000 01-1. Adquisición equipo automotor $ 4.500.000 01-3. Adquisición equipo automotor 900.000 02-1. Adquisición equipo radio 2.700.000 02-3. Adquisición equipo radio 900.000 03-1. Funcionamiento 2.280.000 03-3. Funcionamiento 3.150.000 Suman los créditos adicionales $ 14.430.000

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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