Ley 103 de 1923 · Sobre Organización Judicial y Procedimiento Civil
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
De la actuación sobre posiciones antes de juicio se dará una copia a cada una de las partes y no otras sino previo decreto y observando los requisitos prevenidos por el artículo 2603 del Código Civil para la expedición de copias de escrituras públicas. Las copias de que trata este artículo no se expedirán antes de que se haya vencido el término para las acciones rescisorias, de acuerdo con los artículo 617 y 618.
Presunciones legales.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.