Micelio

Artículo 2

Ley 3 de 1920 · sobre la vía nacional del Noroeste (Bogotá al río Magdalena por Chiquinquirá, Socorro y Bucaramanga)

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Asígnase para los gastos de esta vía, en sus tres seccione, una partida de doscientos mil pesos ($ 200,000), que se aplicarán así:

Hasta cien mil pesos ($ 100,000) anuales para el acabado de la carretera en Cundinamarca y Boyacá y el resto para la vía en Santander.

Terminadas que sean las obras correspondientes a la sección de Cundinaarca y Boyacá, la partida total de doscientos mil pesos ($ 200,000) anuales se aplicarán a la terminación de la sección de Santander.

Parágrafo

En esta sección podrá el Gobierno nombrar dos Ingenieros con sendos Cajeros Contadores.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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