Micelio

Artículo 11

Condor

Ley 70 de 1894 · Que ordena la liquidación del Banco Nacional y la amortización del papel moneda

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Autorízase la libre acuñación, en las casas de moneda nacionales, del oro en piezas de diez y seis gramos viento veinte miligramos de peso á la ley, de novecientos milésimos, llamadas condor , las cuales tendrán el valor legal de diez pesos ($10); así como también pieza se cinco pesos ($5) llamadas medios condores ; de á dos pesos ($2) denominadas Quinto de condor , y de un peso ($1); todas de la forma y condiciones que prescriben los Artículos 675, 676. 679, 682 y 683 del Código Fiscal.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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