Artículo segundo. Amplíase igualmente el plazo a que se refiere el
Parágrafo 1
del artículo 22 del mismo Decreto, hasta la fecha que el Gobierno determine.
Del Mismo Decreto, Hasta La Fecha Que El Gobierno Determine
Decreto 1953 de 1955 · Por el cual se amplía el Plazo para la Creación y Organización de los Fondos Ganaderos
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Artículo segundo. Amplíase igualmente el plazo a que se refiere el
del artículo 22 del mismo Decreto, hasta la fecha que el Gobierno determine.
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.