Articulo 55. Autorízase la reglamentación de nuevas causales de no aptitud, que se deriven del avance técnico-científico producto de nuevas investigaciones. Dichas causales serán aceptadas una vez se sometan a un análisis por parte de un Comité de Especialistas de la Sanidad de las diferentes Fuerzas y riel Hospital Militar Central, y estarán sujetas a la aprobación del Ministerio de Defensa Nacional. CAPITULO VII De las incapacidades
Artículo 55
Autorízase La Reglamentación De Nuevas Causales De No Aptitud, Que Se Deriven Del Avance Técnico-Científico Producto De Nuevas Investigaciones
Decreto 3049 de 1981 · Por el cual se reglamentan algunas disposiciones del Decreto número 1836 de 1979, que determina las normas relativas a la capacidad sicofísica, las incapacidades, invalideces e indemnizaciones del personal de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional, Soldados, Grumetes, Agentes, Alumnos de las Escuelas de Formación y Personal Civil del Ministerio Defensa y de la Policía Nacional
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.