El Gobierno Nacional queda encargado de organizar la instalación y funcionamiento administrativo del nuevo Departamento de Risaralda, y queda facultado para abrir los créditos adicionales o hacer los traslados necesarios dentro del Presupuesto Nacional, a fin de incorporar las partidas indispensables para sufragar los gastos que ellos demanden, así como para cubrir las asignaciones de los funcionarios de orden nacional que sean indispensables para la organización de las oficinas públicas en el nuevo Departamento.
El 20 de julio siguiente a la sanción de la presente Ley, el Gobierno presentará informe al Congreso sobre el cumplimiento de la misma.