Micelio

Artículo 3

Ley 29 de 1944 · LEY 29 DE 1944, 15/12/1944, Por la cual se dictan disposiciones sobre prensa

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Todo impreso llevará inscritos en su primera página la fecha, el lugar de su publicación y el nombre del establecimiento en que se hubiere editado. La infracción a lo dispuesto en este artículo hará incurrir al propietario, gerente o director del establecimiento en multa de $ 20.00 a $ 100.00, convertible en arresto, que impondrán las autoridades de policía.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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