Micelio

Artículo 7

Ley 32 de 1984 · por la cual se adiciona el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y se abren unos auxilios adicionales en el Presupuesto de Gastos de la Nación en la vigencia fiscal de 1984 por valor de $ 8.862.272.143.86; se efectúan unos contracréditos y se abren unos créditos adicionales en el Presupuesto de Gastos de la actual vigencia (Departamentos Administrativos de la Presidencia, Aeronáutica Civil, Intendencias y Comisarías, Ministerios de Justicia, Hacienda y Crédito Público, Defensa, Trabajo y Seguridad Social, Salud Pública, Desarrollo Económico, Minas y Energía, Educación Nacional y Obras Públicas y Transporte y Presupuesto de Gastos de la Vigencia fiscal de 1984 (Congreso Nacional y Ministerios de Relaciones Exteriores, Hacienda y Crédito Público y Desarrollo Económico y Policía), por valor de $ 151.814.942.00.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La presente Ley rige a partir de la fecha de su sanción.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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