Micelio

Artículo 13

Dirección De Carabineros Y Protección Ambiental

Decreto 113 de 2022 · Por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Defensa Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Dirección de Carabineros y Protección Ambiental. Es la dependencia de la Jefatura Nacional del Servicio de Policía responsable de planificar, dirigir, desarrollar, supervisar y evaluar las actividades de prevención y control de los delitos relacionados con el ambiente y los recursos naturales; así como el despliegue de las capacidades en el territorio para contribuir a la seguridad pública, en cumplimiento de la misión constitucional. La Dirección de Carabineros y Protección Ambiental cumplirá las siguientes funciones: Dirigir el servicio de policía con enfoque en la prevención y el control de los delitos relacionados con el ambiente y los recursos naturales, activos estratégicos e infraestructura petrolera, de acuerdo con los mandatos y directrices, del Gobierno nacional, conforme a las políticas y capacidades institucionales. Proponer estrategias para la prevención y el control de los delitos ambientales y conexos; así como el desarrollo de acciones de prevención y control que contribuyan a la seguridad pública, de acuerdo con la misión constitucional. Diseñar los productos o contenidos doctrinales y metodologías necesarias en coordinación con las instancias autorizadas para el desarrollo de las actividades propias de su misionalidad. Proponer convenios, acuerdos, alianzas interinstitucionales, programas de referenciación y capacitación relacionados con el cumplimiento de su misión. Generar alianzas estratégicas de cooperación con las entidades estatales que desarrollan funciones de control y protección ambiental, para fortalecer el intercambio de información y apoyo técnico, dirigido a prevenir y mitigar delitos conexos que afecten el ambiente y los recursos naturales. Aportar desde la misionalidad de la Dirección de Carabineros y Protección Ambiental a la Jefatura Nacional del Servicio de Policía, en el direccionamiento del servicio de policía y la prestación del servicio de vigilancia policial. Desarrollar las actividades misionales para contribuir a la prevención y control policial. Administrar los sistemas de información de Dirección de Carabineros y Protección Ambiental como base para realizar análisis que permitan la toma de decisiones. Apoyar a las autoridades ambientales en el control del tráfico ilegal de recursos florísticos, faunísticos, hidrobiológicos, de madera y demás que guarden relación con los recursos renovables y no renovables. Orientar a las unidades policiales a su cargo en las actividades de prevención y control para la protección del ambiente y los recursos naturales. Revisar y evaluar periódicamente la pertinencia, oportunidad y efectividad de los planes, programas, proyectos y acciones en materia ambiental y de recursos naturales. Supervisar y evaluar las actividades relacionadas con la protección del ambiente, los recursos naturales y la contribución a la seguridad pública, de acuerdo con los lineamientos doctrinales y metodologías establecidas. Dinamizar la creación de espacios de participación ciudadana para fortalecer la confianza y la legitimidad institucional. Presentar los análisis y formular las propuestas de valor, así como los planes, programas y proyectos que contribuyan a la protección del ambiente, los recursos naturales y a la seguridad pública. Identificar y presentar las necesidades en materia financiera, logística e infraestructura para el adecuado funcionamiento de la Dirección de Carabineros y Protección Ambiental. Implementar la gestión del conocimiento en el marco de los parámetros establecidos por el Estado. Implementar las políticas adoptadas por la Policía Nacional y verificar su adecuado desarrollo y cumplimiento. Implementar los sistemas de gestión que adopte la Policía Nacional y la mejora continua e innovación en los procesos que lo requieran. Realizar las actividades establecidas en la gestión documental de acuerdo con el ordenamiento jurídico. Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la ley, los reglamentos o la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 113 de 2022