Micelio

Artículo 50

Ley 2559 de 2025 · por la cual se decreta el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal del 1º de enero al 31 de diciembre de 2026.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las asignaciones presupuestales del Fondo Único de Tecnologías de la información y las Comunicaciones, incluye los recursos necesarios para cubrir los gastos de funcionamiento en que incurra el Operador Postal Oficial por la Prestación del servicio postal universal y la franquicia postal, el Proveedor de Redes y Servicios de telecomunicaciones por la prestación de los servicios de franquicia telegráfica.

En el caso de las franquicias postal y telegráfica, el pago se realizará en relación con los servicios que se presten a los órganos beneficiarios que hacen parte del Presupuesto General de la Nación. El Fondo Único de TIC efectuará la transferencia de recursos al Operador Postal por la prestación de los servicios de la franquicia postal y/o el proveedor de redes y servicios de telecomunicaciones que efectivamente haya prestado el servicio de telegrafía. El receptor de la transferencia expedirá el respectivo paz y salvo a la entidad beneficiaria de los servicios correspondientes a las franquicias postal y/o telegráfica tan pronto como reciba los recursos.

Los recursos a que se refiere el numeral 8 del artículo 35 de la Ley 1341 de 2009, modificado por el artículo 22 de la Ley 1978 de 2019, para financiar gastos de funcionamiento del Ministerio de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, serán transferidos por el Fondo Único de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones a la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional.

Parágrafo 1

. El Fondo Único de TIC podrá pagar con cargo a las apropiaciones de la vigencia fiscal de 2026, las obligaciones causadas en el último trimestre de la vigencia 2025 por concepto de servicio postal universal, y franquicias postales y/o telegráfica de que trata el presente artículo.

Parágrafo 2

El Fondo Único de TIC podrá destinar los dineros recibidos por la contraprestación de que trata el artículo 14 de la Ley 1369 de 2009, para financiar el servicio postal universal y los gastos de vigilancia y control de los operadores postales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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