Micelio

Artículo 8

Ley 170 de 1936 · por la cual se fomenta la construcción de casas y granjas familiares para empleados y obreros

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La compañía subsidiaria del Banco Central Hipotecario está obligada a operar en todos los Municipios que tengan más de ochenta mil habitantes y que ofrezcan ayudar a sus empleados y obreros con una cantidad mínima del veinte por ciento (20%) del valor de cada propiedad, y dará prelación, además, en su orden, a aquellos Municipios que sufraguen una cuota mayor, todo con la limitación de que habla el artículo 6° de esta Ley.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 170 de 1936