Micelio

Artículo 1

Decreto 117 de 1895 · Por el cual se abren varios créditos extraordinarios al presupuesto de 1893 y 1894

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Abrese al Presupuesto de gastos la vigencia de 1893 y 1894 los siguientes créditos extraordinarios, por la suma de treinta mil seiscientos noventa y cuatro pesos, treinta y cinco centavos :

Departamento de política interior.

Capítulo 13

Capítulo 17

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 117 de 1895