Micelio

Artículo 1

Ley 35 de 1979 · Por la cual se crea el Fondo del Ministerio de Educación Nacional

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Créase el Fondo del Ministerio de Educación Nacional con personería jurídica y patrimonio propio, que cumplirá las funciones que le sean delegadas por el Ministro de Educación Nacional y cuyos objetivos básicos serán el financiamiento de programas del Ministerio y el incremento de su capacidad operativa.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 35 de 1979