Micelio

Artículo 2

La Evaluación De Las Competencias De Los Candidatos Podrá Ser Realizada Por: 2

Decreto 4567 de 2011 · por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 909 de 2004 y Decreto-ley 770 de 2005.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. La evaluación de las competencias de los candidatos podrá ser realizada por: 2.1. Un órgano técnico designado por la entidad para el efecto y conformado por los directivos de la entidad nominadora y/o consultores externo. 2.2. Universidades públicas o privadas. 2.3. Empresas consultoras externas especializadas en selección de personal. 2.4. A través de contratos o convenios interadministrativos celebrados con el Departamento Administrativo de la Función Pública o con entidades de la administración pública con experiencia en selección de personal.

Parágrafo

La revisión y certificación de cumplimiento de los requisitos establecidos en la Constitución, la ley y el reglamento es de competencia exclusiva del jefe de recursos humanos o de quien haga sus veces.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 4567 de 2011