El artículo 20 del Decreto 2145 de 1999, quedará así: "Artículo 20. Nombramiento de los jefes de Control Interno. La provisión de los cargos de jefe de Control Interno o quien haga sus veces de las entidades y organismos de la Rama Ejecutiva del orden nacional se efectuará por el representante legal o máximo directivo del organismo respectivo, según sea su competencia y de acuerdo con lo establecido en las disposiciones propias de cada entidad".
Decreto 2756 de 2003 →Vigente
Artículo 1
Decreto 2756 de 2003 · por el cual se modifica el artículo 20 del Decreto 2145 de 1999, modificado por el artículo 8º del Decreto 2539 de 2000.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.