Articulo 1° A partir de la fecha del presente Decreto, suprímense los siguientes cargos en las obras dependientes de la Zona de Edificios Nacionales de Nariño: Cuarteles de Pasto: Cotizador. Maestro de Obras. Obras de la Aduana, Hotel de Ipiales y Cuarteles de Tumaco: Ingeniero. Obra del Hotel de Ipiales: Escribiente.
Decreto 745 de 1949 →Vigente
Artículo 1
A Partir De La Fecha Del Presente Decreto, Suprímense Los Siguientes Cargos En Las Obras Dependientes De La Zona De Edificios Nacionales De Nariño: Cuarteles De Pasto: Cotizador
Decreto 745 de 1949 · Por el cual se suprimen unos cargos y se crean otros en el ramo de Edificios Nacionales
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.