º. Limítase la aplicación de los derechos variables adicionales previstos en la Decisión 371 de la Comisión del Acuerdo de Cartagena y en el Decreto 547 de 1995 hasta un nivel tal que el arancel total no resulte superior al 37% para las importaciones de maíz amarillo clasificado por la subpartida 1005.90.11.00 del Arancel de Aduanas.
Decreto 1753 de 1999 →Vigente
Artículo 1
º
Decreto 1753 de 1999 · por el cual se modifica de manera transitoria la aplicación del Sistema Andino de Franjas de Precios
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.