Cambio de radicación dentro del mismo distrito. En cualquier estado del proceso, antes de dictarse sentencia de primera instancia, podrá el Gobernador del departamento, de acuerdo con el tribunal superior respectivo, disponer que un proceso de competencia del juez superior de circuito o municipal, se siga ante otro juez de la misma rama y categoría, de una localidad diferente, dentro del mismo distrito Judicial. Esta medida será tomada de oficio o a solicitud de parte, cuando concurran las circunstancias y se cumplan los requisitos señalados en el Artículo anterior.
Decreto 1345 de 1970 →Vigente
Artículo 45
Decreto 1345 de 1970 · por el cual se codifican las normas sobre Procedimiento Penal.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.