Para el cumplimiento de la presente Ley, el Gobierno hará incluir en el Presupuesto de la próxima vigencia el crédito necesario, y si así no sé hiciere, se tomarán las cantidades que se requieran de la partida global asignada para el arreglo de los puertos nacionales.
Ley 99 de 1938 →Vigente
Artículo 4
Ley 99 de 1938 · por la cual se ordena la defensa de varios puertos fluviales y se ordena la reconstrucción de un edificio
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.