Micelio

Artículo 3

Parágrafo 13

Ley 107 de 1931 · POR LA CUAL SE RECONOCEN UNOS CRÉDITOS, SE DISPONE EL CORRESPONDIENTE PAGO Y SE DECRETA UN CONTRACRÉDITO Y UN CRÉDITO ADICIONAL A LA LEY DE APROPIACIONES DE LA VIGENCIA EN CURSO

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Decretase el siguiente contra crédito, y crédito adicional a la Ley de Apropiaciones de la vigencia en curso.

CONTRACREDITO

DEPARTAMENTO DE EDUCACION NACIONAL

Becas.

CREDITO ADICIONAL

Abrese a la Ley de Apropiaciones de la vigencia en curso, el siguiente crédito adicional:

DEPARTAMENTO DE EDUCACION NACIONAL

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 107 de 1931