Los empleados de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones, Telecom, que a la fecha de la vigencia del presente Decreto- ley, figuren en su planta de personal en cargos de Carrera, tramitarán ante la División de Escalafón y Salarios en un lapso no mayor de seis (6) meses, su inscripción en los cargos que ocupen en la actualidad y los requisitos exigidos para su ingreso en la Carrera Administrativa, serán aquellos que se adoptaron para vincularlos a la Empresa. Esta inscripción incluye a todas las personas que han sido trasladadas, ascendidas o promovidas con carácter de provisionalidad hasta la fecha de expedición del presente Decreto. Exceptúanse de lo anterior, quienes habiendo sido nombrados en la Empresa, se encuentren en una de las siguientes situaciones
En período de provisionalidad por ingreso inferior a doce meses;
En período de prueba;
Quienes por causas diferentes a embargos, hayan perdido la última valoración de méritos.