De la obligación de trasladar las basuras hasta los sitios de recolección . En el caso de urbanizaciones, barrios o conglomerados con calles internas o cuyas condiciones impidan la circulación de vehículos de recolección, así como en situaciones de emergencia, los habitantes están en la obligación de trasladar las basuras hasta el sitio que se determine como de recolección por la entidad de aseo.
Decreto 2104 de 1983 →Vigente
Artículo 35
De La Obligación De Trasladar Las Basuras Hasta Los Sitios De Recolección
Decreto 2104 de 1983 · Por el cual se modifica parcialmente el artículo 2º del Decreto número 1294 de 23 de abril de 1986
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.