Micelio

Artículo 23

La Comisión, A Propuesta De La Junta, Aprobará, Antes Del 30 De Noviembre De 1972, Un Programa Encaminado A Promover Y Proteger La Producción De Tecnología Subregional, Así Como La Adaptación Y Asimilación De Tecnologías Existentes

Decreto 1900 de 1973 · Por el cual se pone en vigencia el Régimen Común de Tratamiento a los Capitales Extranjeros y sobre Marcas, Patentes, Licencias y Regalías, contenido en las decisiones 24, 37 y 37-A de la Comisión del Acuerdo de Cartagena

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Comisión, a propuesta de la Junta, aprobará, antes del 30 de noviembre de 1972, un programa encaminado a promover y proteger la producción de tecnología subregional, así como la adaptación y asimilación de tecnologías existentes. Este programa deberá contener, entre otros elementos

a)

Beneficios especiales, tributarios y de otro orden, para estimular la producción de tecnología y especialmente de las relacionadas con el uso intensivo de insumos de origen subregional o que estén diseñadas para aprovechar eficazmente los factores productivos subregionales;

b)

Fomento de las exportaciones a terceros países de productos elaborados a base de tecnología subregional; y

c)

Canalización de ahorro interno hacia el establecimiento de centros subregionales o nacionales de investigación y desarrollo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1900 de 1973