Artículo quinto. Quedan vigentes las disposiciones del Decreto 1137 de 1950 que no sean contrarias a las del presente Decreto, el cual rige desde la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.
Decreto 2066 de 1950 →Vigente
Artículo 5
Decreto 2066 de 1950 · Por el cual se modifica en Decreto número 1137 del 31 de marzo del año en curso, reglamentario del Decreto legislativo número 690 del mismo año
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.