º. El Comité Nacional de Planeación, la Dirección Nacional de Estadística, la Corporación de Defensa de Productos Agrícolas, el Instituto de Aprovechamiento de Aguas y Fomento Eléctrico, el Instituto de Fomento Municipal, el Instituto de Crédito Territorial y, en general, las entidades descentralizadas del Estado, deberán prestar su colaboración al "Consejo Nacional de Economía" siempre que les sea solicitada, y sus Gerentes pueden ser citados a las sesiones del Consejo, con voz pero sin voto.
Decreto 3080 de 1954 →Vigente
Artículo 4
º
Decreto 3080 de 1954 · Por el cual se crea el Consejo Nacional de Economía
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.