Micelio

Artículo 271

Ley 85 de 1916 · Sobre elecciones

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los escrutadores que hicieren fraude en el cómputo de los votos sufrirán la pena de uno o tres meses de arresto, si la falta no acarreare la declaración de la elección a favor de ciudadanos distintos de los que hayan obtenido legalmente la mayoría de votos; pero si acarreara esa declaración, la pena será de seis meses a un año de reclusión.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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