Micelio

Artículo 47

- Las Sanciones Aplicables Serán Las Siguientes: 1

Decreto 1553 de 1998 · por el cual se reglamenta la prestación del Servicio Público de Transporte en Vehículos Taxi.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

- Las sanciones aplicables serán las siguientes

1.

Amonestación.

2.

Multas.

3.

Suspensión de matrículas, licencias, habilitaciones, registros o permisos de operación conforme al artículo 47 de la Ley 336 de 1996.

4.

Cancelación de matrículas, licencias, habilitaciones, registros o permisos de operación conforme al artículo 48 de la Ley 336 de 1996.

5.

Inmovilización o retención de los vehículos conforme al artículo 49 de la Ley 336 de 1996. CAPITULO I Sanciones a las empresas

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1553 de 1998