°. Funciones de la Dirección de Hidrocarburos. La Dirección de Hidrocarburos, cumplirá las siguientes funciones, delegadas por el Ministerio de Minas y Energía
Proponer a la Dirección General, políticas, planes, programas y proyectos en materia de investigación de recursos hidrocarburíferos, en concordancia con las solicitudes de la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH).
Dirigir y realizar el inventario, la identificación y la caracterización de las zonas potenciales para la acumulación de recursos hidrocarburíferos en el subsuelo colombiano.
Adelantar estudios en estratigrafía para identificar el potencial de recursos hidrocarburíferos.
Adelantar programas de prospección y exploración para generar coberturas de información relacionadas con el potencial de hidrocarburos en el subsuelo.
Efectuar la compilación, el levantamiento, el análisis y la integración de la información sobre recursos hidrocarburíferos obtenida por entidades públicas, contratistas o concesionarios del Estado, seleccionando las zonas de mayor potencial en el territorio nacional.
Diseñar modelos de recursos de hidrocarburos, estimando su potencial en el subsuelo colombiano.
Generar y presentar la información de recursos hidrocarburíferos de acuerdo con las políticas y estándares del Servicio Geológico Colombiano (SGC).
Generar estándares, guías y metodologías inherentes a las funciones de esta Dirección.
Comunicar y socializar la información técnica generada por esta Dirección, bajo las directrices del Director General.
Las demás que se le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Las funciones señaladas en el presente artículo serán asumidas por el Servicio Geológico Colombiano (SGC) cuando le sean delegadas por el Ministerio de Minas y Energía. Hasta tanto se efectúe la anterior delegación, las funciones seguirán siendo cumplidas por la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH).