La Sección de Control de Espectáculos Públicos y Turismo tendrá las siguientes funciones
Estudiar los contratos de prestación de servicios de carácter cultural, artístico, deportivo y taurino y demás que genere erogaciones de divisas para asegurar el cumplimiento de las disposiciones cambiarias y llevar el registro de los empresarios correspondientes;
Vigilar en combinación con la oficina de Cambios, el estricto cumplimiento de las normas legales vigentes sobre espectáculos públicos y turismo;
Supervigilar el movimiento cambiario que resulte de las migraciones internacionales a través de la agencia de turismo y entidades afines y coordinar con la División de Investigaciones y otras autoridades la vigilancia en puertos y aeropuertos internacionales;
Estudiar los ingresos y egresos de las compañías transportadoras, aéreas y marítimas;
Practicar visitas periódicas a las agencias de turismo, hoteles, almacenes, agencias de cambio, etc., que reciban moneda extranjera en pago de sus servicios;
Hacer parte de las comisiones asignadas en las distintas investigaciones que realiza la Superintendencia a las personas naturales y jurídicas, públicas y privadas e inspecciones judiciales por posibles contravenciones al Decreto-ley 444 de 1967.