Micelio

Artículo 8

Ley 53 de 1921 · Sobre impuesto para los Lazaretos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Derogado

Los Síndicos o Subsidios del Lazareto no podrán nombrar como peritos evaluadores en los juicios de sucesión, a ninguno de sus parientes, ni a los del Juez de la causa, ni a los de los interesados, que estén dentro del cuarto grado civil de consanguinidad o segundo de afinidad.

Estos casos de prohibición comprenden también a los nombramientos que hagan los Jueces y los interesados sobre el particular.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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