Micelio

Artículo 16

Subdirección Para El Impulso De La Formalización Tributaria

Decreto 1742 de 2020 · Por el cual se modifica la estructura de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Subdirección para el Impulso de la Formalización Tributaria . Son funciones de la Subdirección para el Impulso de la Formalización Tributaria las siguientes

1.

Proponer, las políticas necesarias para fomentar, incentivar, impulsar y promocionar la formalización tributaria.

2.

Orientar, asesorar y evaluar a las Direcciones Seccionales respecto a la correcta aplicación de las normas y procedimientos, en relación con las herramientas que se desarrollen para la formalización tributarla en el país.

3.

Definir los procedimientos y diseñar las herramientas para el desarrollo de las actividades que promuevan la formalización tributaria en el país, coadyuvando a la formulación de políticas necesarias para su fomento e incentivo, de acuerdo con las directrices señaladas por la Dirección de Gestión de Impuestos.

4.

Representar a la DIAN, en los distintos escenarios en los cuales se traten asuntos relacionados con el Impuesto Unificado bajo el Régimen Simple de Tributación -SIMPLE, ante los municipios y distritos a nivel nacional, y en general ante cualquier entidad pública o privada.

5.

Recibir de los municipios y distritos a nivel nacional, la definición y actualización de la tarifa consolidada del impuesto de industria y comercio y complementarios, y remitirlo a las áreas competentes de la DIAN. La remisión de la información se podrá realizar por medio del acceso de éstas a los sistemas de la información previstos para tal fin.

6.

Orientar, asesorar y evaluar a las Direcciones Seccionales respecto a la correcta aplicación de las normas y procedimientos que regulan el Impuesto Unificado bajo el Régimen Simple de Tributación -SIMPLE y demás herramientas y políticas de formalización tributaria.

7.

Presentar al Director de Gestión de Impuestos, con la periodicidad que éste determine, los informes sobre la gestión y administración del Impuesto Unificado bajo el Régimen Simple de Tributación -SIMPLE, y demás herramientas y políticas de formalización tributaria, y proponer las acciones de mejoramiento a que hubiere lugar.

8.

Coordinar, con la Subdirección de la Escuela de Impuestos y Aduanas las actividades de capacitación y sensibilización a funcionarios de la DIAN en relación con las herramientas que se desarrollen para promover la formalización tributaria en el país.

9.

Efectuar cruces y análisis de información que permitan determinar por parte de las dependencias competentes de la Entidad los nuevos contribuyentes del Impuesto Unificado bajo el Régimen Simple de Tributación - SIMPLE, y demás herramientas y políticas de formalización tributaria.

10.

Proponer los proyectos de convenios para capacitación y sensibilización respecto del Impuesto Unificado bajo el Régimen Simple de Tributación -SIMPLE, y demás herramientas y políticas de formalización tributaria entre la DIAN y entidades públicas y privadas.

11.

Proponer los proyectos de actos administrativos requeridos para la implementación, actualización y mejoramiento de los procedimientos relacionados con el Impuesto Unificado bajo el Régimen Simple de Tributación -SIMPLE y demás herramientas y políticas de formalización tributaria.

12.

Proponer a consideración de la Subdirección de Fiscalización Tributaria las políticas para la emisión de lineamientos de la liquidación SIMPLE de que trata el artículo 913 del Estatuto Tributario, las normas que la reglamenten, modifiquen o sustituyan.

13.

Establecer y proferir los lineamientos y políticas para que las Direcciones Seccionales inscriban de oficio a contribuyentes en el Régimen Simple de Tributación - SIMPLE.

14.

Efectuar acompañamiento y retroalimentación permanente a los distritos y municipios, con el fin de garantizar la correcta aplicación de las normas relacionadas con el Impuesto Unificado bajo el Régimen Simple de Tributación -SIMPLE y demás herramientas y políticas de formalización tributaria.

15.

Coordinar lo necesario para el intercambio efectivo y la gestión de información a realizar con los distritos y municipios del país.

16.

Ejercer las demás funciones que, le correspondan de conformidad con la ley, o de acuerdo a la naturaleza de la dependencia o que le sean asignadas por el Director General de la DIAN.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1742 de 2020