Micelio

Artículo 6

Ley 60 de 1874 · que concede estímulos a la importación de monedas de plata i a la acuñación de la plata que se produce en el país

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Luego que esté montada i funcionando la oficina de apartado en alguna de las Casas de moneda mencionadas en el artículo anterior, se suspenderá absolutamente la acuñación de monedas de plata a la lei de ochocientos treinta i cinco milésimos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 60 de 1874