Dirección General de Vivienda . Son funciones de la Dirección General de Vivienda, las siguientes
Asistir al Ministro de Desarrollo Económico en la dirección y coordinación del Sistema Nacional de Vivienda de Interés Social y en la formulación de las políticas y los planes correspondientes con la asesoría del Consejo Superior de Desarrollo Urbano, de conformidad con la Ley 03 de 1991.
Coordinar con el Ministerio de Agricultura las políticas y planes por desarrollar en materia de vivienda rural, en el marco del Sistema Nacional de Vivienda de Interés Social.
Asesorar a las instituciones del Sistema Nacional de Vivienda en los procesos de planeación y presupuesto de conformidad con las leyes vigentes.
Generar la integración de sistemas regionales de vivienda bajo la dirección de las administraciones municipales, distritales y metropolitanas, y propiciar su articulación al Sistema Nacional de Vivienda.
Apoyar el diseño, montaje y administración de sistemas de información municipales, distritales, metropolitanos y departamentales sobre déficit habitacional, usos y disponibilidad del suelo urbano.
Proponer políticas de financiación de vivienda social en todas sus modalidades: vivienda nueva, vivienda usada, vivienda mejorada, titularización de vivienda, vivienda para arrendamiento con opción y sin opción de compra, entre otras.
Propiciar la destinación de suelo urbanizado y urbanizable en áreas de expansión urbana para atender la demanda de vivienda social en los respectivos Planes de Ordenamiento Territorial y asesorar a las autoridades municipales, distritales y metropolitanas en la utilización de los instrumentos de reforma urbana previstos en las Leyes 9º de 1989 y 388 de 1997, y demás que las adicionen, modifiquen o complementen.
Coordinar la ejecución de políticas nacionales con las políticas departamentales, metropolitanas, distritales y municipales de desarrollo en materia de vivienda social, construcción y suelos, en los Planes de Ordenamiento Territorial y realizar su evaluación y seguimiento en asocio con el Departamento Nacional de Planeación y las entidades que intervienen en el desarrollo urbano municipal, distrital, metropolitano y departamental.
Preparar el componente de vivienda social para el Plan Nacional de Desarrollo en coordinación con el Departamento Nacional de Planeación y los Fondos Departamentales y Municipales de Vivienda.
Proponer y ejecutar programas de investigación técnica, tecnológica y científica relacionadas con el desarrollo sectorial, y coordinar las actividades de compilación, análisis y divulgación de las mismas a nivel nacional e internacional.
Preparar las normas técnicas mínimas de diseño, construcción y tecnología para la vivienda social y de construcciones de conformidad con las leyes vigentes en la materia.
Preparar los criterios y propuestas para la asignación de subsidios destinados a Vivienda Social por parte de la Nación.
Promover, evaluar y realizar el seguimiento de los regímenes de subsidio familiar de vivienda, ahorro y crédito, para hogares tanto de trabajadores asalariados e independientes, en el marco del Sistema Nacional de Vivienda de Interés Social, en áreas urbanas y rurales.
Preparar la reglamentación de los mercados inmobiliarios de vivienda, en las modalidades de compra, legalización, mejoramiento, titularización, arrendamiento u otras que se desarrollen.
Coordinar con el Departamento Nacional de Planeación, las oficinas departamentales de planeación, y las oficinas de planeación distritales y de capitales de departamentos, la elaboración semestral de informes regionales de evaluación y seguimiento al cumplimiento de metas de las políticas de vivienda, construcción y suelos adoptadas en los planes de desarrollo de los niveles nacional, departamental, distrital y municipal y de los Planes de Ordenamiento Territorial.
Cooperar con el Ministro en el diseño y formulación de políticas de empleo dirigidas al sector vivienda
Apoyar al ministro en la determinación de las inversiones publicas que deban realizarse en desarrollo de las políticas de gobierno relativas a la vivienda y la construcción y en la promoción de las inversiones privadas que deban propiciarse.
Ejercer la dirección del Programa Presidencial para la Formalización de la Propiedad y la Modernización de la Titulación Predial.
Las demás inherentes a la naturaleza de su dependencia y las que le sean asignadas por las normas legales.