º. Los documentos que se presenten en juicio podrán ser tachados por la parte contraria, al darle traslado de ellos, si no estuvieren en papel sellado; y en este caso no serán estimados como prueba. Exceptúense de lo dispuesto en este artículo los testamentos nuncupativos y los cerrados y sus cubiertas, que cuando estuvieren extendidos en papel común pagarán diez pesos por cada una de las hojas de papel que compongan el testamento y la cubierta.
Decreto 894 de 1915 →Vigente
Artículo 7
Los Documentos Que Se Presenten En Juicio Podrán Ser Tachados Por La Parte Contraria, Al Darle Traslado De Ellos, Si No Estuvieren En Papel Sellado; Y En Este Caso No Serán Estimados Como Prueba
Decreto 894 de 1915 · Orgánico del impuesto de papel sellado y timbre nacional
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.