Micelio

Artículo 3

Sustitúyase El Artículo 2

Decreto 1829 de 2016 · por medio del cual se adiciona el Capítulo 6 al Título 1 de la Parte 6 del Libro 2 del Decreto 780 de 2016, Ã?nico Reglamentario del Sector Salud, en relación con la firmeza de los reconocimientos y giros de los recursos del aseguramiento en salud, el reintegro de recursos pagados por afiliación a prevención o cesión obligatoria, así como la corrección o ajuste a periodos compensados.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Sustitúyase el artículo 2.6.1.1.2.18 de la Sección 2 del Capítulo 1 del Título 1, de la Parte 6 del Libro 2 del Decreto Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social, Decreto 780 de 2016, el cual quedará así: “ Artículo 2.6.1.1.2.18 . Registros compensados Decreto 2280 de 2004 . Por efecto de la firmeza establecida en el artículo 16 de la Ley 1797 de 2016, no habrá declaración de corrección a registros aprobados en virtud del Decreto 2280 de 2004. Los ajustes que efectúe el aportante a periodos en vigencia del Decreto 2280 de 2004 serán registrados por la EPS en su sistema de información y las cotizaciones recaudadas se girarán al Fosyga o la entidad que haga sus veces, en el marco del proceso de compensación de que trata la presente Sección”.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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